l 1.5% sobre ingresos aleja la inversión
20 junio, 2014 - 1:08 AM
Medina explicó que, “debería de cambiarse y cobrarse como lo hacen en muchos lados del mundo, donde es de manera proporcional a la renta o a las utilidades que las empresas tienen y no al valor de las utilidades brutas”.
“Creemos que este 1.5 por ciento pudiese llegar a ser confiscatorio, porque las empresas pagarían, en algunos casos, hasta el 125 por ciento más, que si pagaran el valor de acuerdo a la Ley de Impuesto sobre la Renta”, añadió.
“Desincentiva el hecho de que venga un empresario a invertir en Honduras, porque le vamos a cobrar impuestos por vender, en lugar de que sea por generar utilidades”, apuntó. Para la CCIT, ese tributo contenido en el artículo 9 de la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión, vuelve poco atractivo el país para la inversión.
La normativa está vigente desde el 1 de enero pasado, pero el sector empresarial reaccionó casi seis meses después, pese a que desde esa fecha se empezaron a hacer análisis legales por parte de las gremiales y la cúpula empresarial.
Esta semana, el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep) impugnó la medida ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), aduciendo que presenta vicios de inconstitucionalidad, como ser confiscatorio y doble impositivo.
Al respecto, la CCIT espera una resolución pronta apegada a derecho, al tiempo que existe jurisprudencia debido a que en el 2011 la Asociación Nacional de Industriales (Andi) ganó un caso interpuesto contra una medida similar al 1.5 por ciento.
Según el gobierno, la decisión de aplicar un impuesto sobre los ingresos brutos a empresas que venden por arriba de 10 millones de lempiras anuales, obedece al hecho que algunas compañías venden mucho y pagan pocos tributos. (JB)
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